Dictamen CGR

Dictamen N° 42662/2012

2012-07-17 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Representa resolución 39/2012, del Instituto Nacional de Estadísticas, toda vez que las medidas disciplinarias correctivas deben ser impuestas por la respectiva autoridad regional
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N° 42.662 Fecha: 17-VII-2012 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 39, de 2012, del Instituto Nacional de Estadísticas, que aplica al señor Héctor Toro Yapor, la medida disciplinaria de multa de un 5% de su remuneración mensual, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 126, 128 y 140 de la ley N° 18.834, y en armonía con la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, contenida en los dictámenes N os 72.885, de 2011 y 25.000, de 2012, entre otros, es atribución del pertinente Director Regional aplicar las sanciones no expulsivas a los servidores de su dependencia, por lo que, en la especie, corresponde a la Dirección Regional de Coquimbo del mencionado organismo, imponer el castigo al señor Toro Yapor, y no a su Director Nacional, como ocurre en la situación en examen. Cabe hacer presente, además, que examinadas diversas piezas del expediente adjunto, entre ellas el Informe de Auditoría Extraordinaria N° 3 de la aludida Dirección Regional, de fojas 4 a 76, los cargos formulados a fojas 140 a 142, y la vista fiscal de fojas 251, se advierte que podrían existir infracciones al decreto ley N° 799, de 1974, sobre uso y circulación de vehículos estatales, de modo que los respectivos antecedentes deberán remitirse a la Contraloría Regional de Coquimbo, a objeto de que esta última disponga la correspondiente investigación. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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