Dictamen CGR

Dictamen N° 219/2018

2018-01-04 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Municipalidad de Río Negro deberá analizar los antecedentes de los recurrentes, al tenor de lo resuelto en el dictamen Nº 42.234, de 2017, de esta entidad de control, y enterar, si procede, la bonificación de reconocimiento profesional establecida en el artículo 1º de la ley Nº 20.158

N° 219 Fecha: 04-I-2018 La Contraloría Regional de Los Lagos ha remitido la presentación de un conjunto de psicopedagogos de la Municipalidad de Río Negro, mediante la cual requieren el entero de la bonificación de reconocimiento profesional, establecida en el artículo 1° de la ley N° 20.158, en atención a que, desde el mes de septiembre de la presente anualidad, el referido municipio habría suspendido el pago de dicho emolumento. Al respecto, cumple con remitir fotocopia del dictamen N° 42.234, de 2017, de esta Entidad de Control, el que se refiere a la materia aludida en la presentación de los requirentes, y en el que se precisa que los psicopedagogos autorizados para impartir docencia tendrán derecho a percibir la bonificación de reconocimiento profesional en la medida que estos hayan acreditado, de conformidad con lo indicado en el artículo 7° de la ley N° 20.158, que su título reúne las condiciones indicadas en el artículo 4°, inciso cuarto, de la citada normativa, y siempre que estos ejerzan docencia en una especialidad afín a su título, esto es, en materias parecidas, similares o acordes con la formación profesional que poseen, considerando, para tales efectos, que el ejercicio de la docencia en la educación diferencial, cumple con la aludida condición. En razón de lo anteriormente expuesto, la Municipalidad de Río Negro deberá analizar los antecedentes de los recurrentes, al tenor de lo manifestado en el referido pronunciamiento, y regularizar, si procede, el pago del estipendio requerido, de lo que deberán informar documentadamente a la Contraloría Regional de Los Lagos, en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la notificación del presente pronunciamiento. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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