Dictamen CGR

Dictamen N° 22204/2009

2009-04-29 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Sobre revisión de situación previsional
Aplicado por
Dictamen N° 1362/2011
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N° 22.204 Fecha: 29-IV-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Moisés Aliro Ferrada González, ex empleado de Ia Empresa Manufacturera de Metales S.A., MADEMSA, exonerado político, para solicitar nuevamente la revisión de su situación previsional. Requerido al efecto, el entonces Instituto de Normalización Previsional cumplió con remitir dos expedientes jubilatorios del interesado. Sobre el particular, es oportuno advertir que luego de efectuadas las verificaciones pertinentes, se ha podido comprobar que el Ministerio del Interior, por medio del decreto exento N° 519, de 1995, declaró la calidad de exonerado político del señor Ferrada González, concediéndole 52 meses de abono de tiempo de afiliación por gracia, lapso que permitió reliquidar correctamente la pensión, de régimen previsional normal de que es titular el peticionario a través de la, resolución exenta EXO/R N° 669, de 2000, del citado ex Instituto, fijándose su monto en la suma de $141.202.-, al mes, a partir del 1 de octubre de 1998, y que, al mes de diciembre de 2008, debe ascender a $ 226.525.-, mensuales, por la aplicación de los reajustes otorgados al sector pasivo. Luego, en lo relativo a la determinación de la pensión no contributiva, por gracia, por la que podría optar el recurrente, debe recordarse que a través de su dictamen N° 33.929, de 2007, esta Entidad de Control concluyó que procedía aplicar en este caso lo dispuesto en el artículo 27 bis del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.234, que permitió asignarle, como grado de asimilación, a marzo de 1990, el 12 de la E.U.S. Sin embargo, luego de un nuevo examen de los antecedentes acompañados, se ha podido determinar que el grado que corresponde asignar al solicitante corresponde al grado 11 de la E.U.S., lo que determina que la pensión, a octubre de 1998, ascienda a la suma de $149.920.-, al mes. En consecuencia, sobre la base de lo expuesto, procede que el Instituto de Previsión Social calcule nuevamente la pensión no contributiva, por gracia, que podría favorecer al peticionario, a fin de que pueda optar adecuadamente entre ese beneficio y la pensión de régimen normal de la que es titular, para cuyos efectos se devuelven los dos expedientes acompañados. Reconsidera parcialmente el oficio N° 33.929, de 2001, antes aludido. Ramiro Mendoza Zuñiga Contralor General de la República

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