Dictamen CGR

Dictamen N° 22247/2017

2017-06-16 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No se advierten antecedentes que den cuenta de un trato discriminatorio en situación que se indica

N° 22.247 Fecha: 16-VI-2017 Se ha dirigido a esta Entidad de Control el Prosecretario de la Cámara de Diputados, señor Luis Rojas Gallardo, adjuntando una presentación de los Diputados señores Issa Kort Garriga y Javier Macaya Danús, quienes solicitan un pronunciamiento respecto de la eventual discriminación ejercida por el Intendente de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins al no autorizar el ingreso de los alcaldes de las comunas de Chépica, Peralillo, Marchigüe y La Estrella a una reunión de trabajo con la Presidenta de la República en el puesto de mando ubicado en la comuna de Pumanque, desarrollada el día martes 24 de enero de 2017, en el marco de la gestión institucional para hacer frente a los incendios forestales ocurridos en las provincias de Colchagua y Cardenal Caro. Requerida de informe, la Intendente (s) de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, lo evacuó mediante el oficio ordinario N° 115, de 2017, señalando que la Presidenta de la República se presentó en la zona con el objeto de visitar algunas comunas afectadas por la catástrofe forestal acaecida en el territorio regional, agregando que en dicha oportunidad se inició la jornada con una reunión de carácter técnico, que incluyó a aquellos servicios públicos que tenían directa incidencia en el trabajo que se desarrollaba con ocasión de la extinción de la calamidad, en la que participaron, además, los alcaldes de las localidades que se encontraban inicialmente en el itinerario que la mandataria realizaría durante el día, por lo que concluye que, a su juicio, no habría existido ningún acto de discriminación arbitraria. Sobre el particular, el artículo 1° de la Constitución Política de la República, junto con consagrar el principio de servicialidad del Estado, prescribe, en su inciso final, que corresponde a éste dar protección a la población. Luego, conforme a lo dispuesto en la letra i) del artículo 4° de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, los entes edilicios se encuentran facultados para realizar, directamente o en concurrencia con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas, en lo que importa, con la prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia o calamidades. Por su parte, el artículo 21 de la ley N° 16.282, que contiene disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes -cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra contenido en el decreto N° 104, de 1977, del entonces Ministerio del Interior-, dispone que esa Secretaría de Estado tendrá a su cargo la planificación y coordinación de las actividades que se indican en ese cuerpo legal. A su vez, las entidades edilicias que resuelvan prestar su colaboración en la referida situación, deberán coordinar su acción con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a través de la Oficina Nacional de Emergencia, ONEMI, sin perjuicio del deber de actuar en coordinación con los intendentes, los gobernadores y los gobiernos regionales, en virtud de lo previsto por los artículos 2°, letra ñ); 4°, letra e); y, 16 letra f) de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y de lo que se establezca en el evento de decretarse estado de excepción constitucional o de la designación de la autoridad responsable que se efectúe en el decreto que declara zona afectada por catástrofe . Finalmente, debe recordarse que, aún en condiciones de calamidad pública, los municipios y funcionarios intervinientes se encuentran en el imperativo de dar cumplimiento a los principios de juridicidad y probidad, consagrados en los artículos 6°, 7° y 8° de la Constitución Política de la República (aplica dictámenes N os. 1.150, de 2013, y 3.000, de 2017, ambos de esta Contraloría General). Ahora bien, mediante el artículo primero del decreto N° 83, de 20 de enero de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se declararon, en lo que interesa, las provincias de Colchagua y Cardenal Caro, ambas de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, como zonas afectadas por la emergencia derivada de la multiplicidad de incendios que se produjeron en dichos territorios. Seguidamente, su artículo tercero designó como autoridad responsable de la coordinación y ejecución de los programas de recuperación que el Gobierno determinase para las zonas afectadas a su Intendente, otorgándole amplias facultades para adoptar y aplicar las medidas tendientes a solucionar los problemas que surgieran o que se plantearen como consecuencia de la catástrofe que involucró a las mencionadas comunas, a fin de procurar una expedita atención a las necesidades de los damnificados y de obtener una pronta normalización de las distintas actividades en las mismas. Añadió dicho precepto que “Las autoridades, jefaturas y personal de todas las instituciones, organismos o empresas de la Administración del Estado, deberán prestar a la autoridad designada la colaboración que les sea requerida”. Sobre la materia, de acuerdo a lo indicado por la Jefa de Gabinete de la Intendencia de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en su declaración de 25 de abril de 2017, la Dirección de Programación de la Presidencia comunicó acerca de la realización de la reunión efectuada el 24 de enero del mismo año, la que tuvo un carácter técnico, con el objeto de entregar las directrices pertinentes para apagar los incendios de forma más eficiente, participando en ella el Intendente de esa región, el Gobernador de Colchagua, personal del Ejército y de Carabineros de Chile, el Director Regional de la Corporación Nacional Forestal y la Directora Regional de la ONEMI, entre otros personeros públicos. Asimismo, expresa dicha servidora que “en la comuna de Pumanque era la primera actividad de la Presidenta y estaba invitado el alcalde de dicha comuna, luego se dirigió a la comuna de Paredones en donde también estaba invitado el alcalde de Paredones”, añadiendo que “no se recibió ninguna instrucción que negara la entrada a los alcaldes a la reunión efectuada ese día”. A su turno, se constató que paralelamente a la visita de la Presidenta de la República el día 24 de enero de 2017, los alcaldes de la comunas de Chépica, La Estrella, Lolol, Pichilemu, Peralillo y Pumanque participaron en la sesión ordinaria N° 560, del Consejo Regional del Libertador General Bernardo O'Higgins, llevada a cabo en dependencias de la Municipalidad de Pumanque, en conjunto con los Secretarios Regionales Ministeriales de Agricultura y de Economía, Fomento y Turismo; los directores regionales del Instituto de Desarrollo Agropecuario, de la ONEMI y del Servicio Agrícola y Ganadero; y, los Jefes de División del Gobierno Regional, entre otros. En efecto, dicha reunión se efectuó con la finalidad de analizar la situación de emergencia acontecida, conforme a la citación realizada mediante correo electrónico del 20 del mismo mes y año señalado, de ese cuerpo colegiado, la que fue enviada, entre otros, a los municipios aludidos en la presente denuncia. Adicionalmente, cabe precisar que la actividad se realizó desde las 10:40 hasta las 15:05 horas, según consta en el acta respectiva. En ese orden de ideas, en el entendido que se llevaron a cabo dos reuniones el mismo día, en las cuales se convocaron a distintos directivos y funcionarios, en conformidad a los objetivos y naturaleza de cada uno de dichos encuentros y habiendo asistido los alcaldes de las comunas afectadas por la catástrofe a la sesión ordinaria antes descrita, no se advierten antecedentes que acrediten que en la situación en estudio se hubiese dado un trato discriminatorio a determinadas autoridades comunales por parte de la Intendencia de la citada región, de manera que corresponde desestimar lo denunciado. Transcríbase a los Diputados señores Issa Kort Garriga y Javier Macaya Danús, y al Intendente de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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