Dictamen CGR

Dictamen N° 22485/2012

2012-04-19 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No procede dejar sin efecto retiro absoluto de ex funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, atendida la extemporaneidad de su solicitud
Aplicado por
Dictamen N° 3710/2016
Confirma dictamen

N° 22.485 Fecha: 19-IV-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jorge Leiva Ávalos, ex funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para solicitar se deje sin efecto la resolución N° 330, de 2006, de esa institución, mediante la cual se dispuso su retiro absoluto. Requerido su informe, el mencionado organismo indicó, en síntesis, que la desvinculación del interesado se ajustó a derecho. Sobre el particular, es menester señalar que el artículo 53 de la ley N° 19.880, establece que la autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación de dicho acto. Ahora bien, se debe recordar que el peticionario fue notificado de la aludida resolución en el mes de octubre de 2006, tal como se informó en el dictamen N° 65.786, de 2009, de este origen, solicitando su invalidación, en una primera oportunidad, el día 15 de octubre de 2008, la que fue desestimada por la Policía de Investigaciones de Chile. Luego, el día 3 de octubre de 2011, esto es, una vez vencido el indicado plazo de dos años, aquél requirió nuevamente que aquélla fuese dejada sin efecto. Por consiguiente, la petición del señor Jorge Leiva Ávalos, en orden a que se deje sin efecto su retiro absoluto, ocurrido en el año 2006, resulta extemporánea. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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