Dictamen CGR

Dictamen N° 22532/2013

2013-04-15 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil
Aplicado por
Dictamen N° 26204/2013
Aplica dictamen

N° 22.532 Fecha: 15-IV-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2383, conducido por su funcionario, señor Lorenzo Patricio Muñoz Valdivia, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen del expediente adjunto, aparece que el día 20 de marzo de 2012, el aludido servidor, acompañado de otros empleados, se desplazaba en el referido vehículo por la Ruta 5 Sur, y al llegar a la altura del km. 151 de esa vía, en la comuna de Chimbarongo, uno de los ocupantes del station wagon que seguía, con la finalidad de evitar su detención, efectuó disparos en contra del móvil policial, resultando este con su parabrisas trizado. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 44, de 2012, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Maule, ascendieron a la suma de $141.345, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Lorenzo Patricio Muñoz Valdivia, por los daños causados en el automóvil fiscal RP-2383. Finalmente, en lo que dice relación con los deterioros producidos a la motocicleta policial M-4353, conducida por don Moisés Arturo Molina Soto, cuya exoneración de responsabilidad civil también se solicita, es dable expresar que de la documentación estudiada, consta que Carabineros de Chile no incurrió en gastos derivados de los daños sufridos por dicho vehículo, motivo por el cual, y en armonía con lo informado en el dictamen N° 8.342, de 2012, de este origen, no corresponde que, respecto de este empleado, se haga uso de la facultad contenida en el mencionado artículo 62. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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