Dictamen N° 22611/2011
N° 22.611 Fecha: 13-IV-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 49, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, que renueva la concesión de radiodifusión sonora que indica, por cuanto no consta que la resolución exenta N° 468, de 2010, de esa Secretaría de Estado, que asigna dicha concesión, haya sido publicada en extracto, por una sola vez, en el Diario Oficial y en un diario de la capital de la provincia o, a falta de éste, de la capital de la región donde se ubicarán las instalaciones y equipos técnicos de la emisora, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su notificación -10 de febrero de 2010-, plazo que, de acuerdo a los antecedentes tenidos la vista, venció el día 23 de febrero de ese año, ello de conformidad a lo establecido en los incisos sexto y séptimo del artículo 13 A de la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, vigente a esa época. En mérito de lo expuesto, se representa el señalado acto administrativo . Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación