Dictamen N° 23199/2017
N° 23.199 Fecha: 23-VI-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aplica la sanción de término de contrato de trabajo al señor Álvaro Carmona Palo, pero cumple con hacer presente, tal como se ha sostenido en los dictámenes N os 63.787, de 2010 y 60.507, de 2011, de esta procedencia, entre otros, que tal medida solo produce efecto a contar de su total trámite, vale decir, desde la notificación al afectado de la toma de razón del acto administrativo que la dispone. Asimismo, es útil consignar que esa superioridad deberá comunicar a este Órgano Fiscalizador la data de notificación del aludido acto administrativo al señor Carmona Palo, adjuntando la constancia pertinente, a fin de computar el plazo de impedimento de ingreso a la Administración del Estado que establezcan las disposiciones legales vigentes en relación con esa misma circunstancia, como el previsto en el artículo 12, letra e), de la ley N° 18.834, cuando corresponda, de conformidad con el criterio expuesto en el dictamen N° 33.086, de 2014, de este origen, entre otros. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República Subrogante