Dictamen CGR

Dictamen N° 23352/2012

2012-04-23 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No procede reconsiderar dictamen N° 78.339 de 2011, por cuanto argumentos y antecedentes aportados por el peticionario ya fueron debidamente analizados y ponderados al emitirse dicho pronunciamiento, sin que en esta oportunidad se aporten nuevos elementos para modificar lo concluido sobre la materia

N° 23.352 Fecha: 23-IV-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Roberto Abeliuk, en representación de la empresa GHD S.A., solicitando la reconsideración del dictamen N° 78.339, de 2011, a través del cual este Órgano de Control, con motivo de un reclamo formulado por esa sociedad, determinó que no existen observaciones que formular respecto de lo obrado por la Dirección de Obras Portuarias, Región de Tarapacá, en cuanto a la aplicación de multas por incumplimiento a lo dispuesto en el artículo 19 de las Bases Administrativas para Contratos de Asesoría a la Inspección Fiscal para la Ejecución de Obras Públicas, aprobadas por la resolución N° 227, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, que rigieron la contratación a que se refiere el recurrente. Al respecto, cumple con señalar que los argumentos y antecedentes aportados por el peticionario en apoyo de su solicitud de reconsideración fueron debidamente ponderados y analizados al emitirse el pronunciamiento del cual se reclama, sin que en esta oportunidad se aporten nuevos elementos de juicio que permitan modificar lo concluido sobre la materia. En mérito de lo anterior, este Ente Fiscalizador no ha dado lugar a la solicitud de reconsideración señalada. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación

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