Dictamen N° 23388/2011
N° 23.388 Fecha: 18-IV-2011 La Contraloría General no ha dado curso a las resoluciones N°s 277, 278, 279 y 512, de 2010, de la Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, por no ajustarse a derecho que a través de ellas se constituyan a favor del Ministerio de Bienes Nacionales los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas y superficiales que en las mismas se indican. Lo anterior, por cuanto tal como lo ha reconocido la uniforme jurisprudencia de esta Entidad de Control -dictámenes N°s 37.777, de 2004 y 43.799, de 2010, entre otros- los actos de los órganos de la Administración del Estado deben contar con la correspondiente habilitación normativa y estar destinados al cumplimiento de sus funciones legales, lo que no se advierte que acontezca en la especie con el Ministerio de Bienes Nacionales. Cabe añadir, en este sentido, que conforme con los antecedentes adjuntos los derechos de que se trata se solicitaron para “abastecer de agua potable a la comunidad”, materia ajena a la competencia del indicado Ministerio. En otro orden de consideraciones, y finalmente, cabe hacer presente que el Ministerio de Bienes Nacionales, en tanto ente centralizado, carece de patrimonio propio, de manera que las referencias de esta naturaleza que correspondan, deben efectuarse al Fisco, con cuya personalidad jurídica y patrimonio actúa. En razón de lo expuesto, se representan las resoluciones individualizadas. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República