Dictamen CGR

Dictamen N° 23460/2017

2017-06-27 · Bienes del Estado (bienes fiscales y nacionales) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Regularización de la venta del inmueble fiscal que indica se encuentra en vías de solución por parte del Ministerio de Bienes Nacionales

N° 23.460 Fecha: 27-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Carmen Gloria Álvarez Bulnes, en representación de la sociedad Sucesión Carlos Álvarez Sociedad Anónima, reclamando el incumplimiento del dictamen N° 84.706, de 2016. Requerido de informe, el Ministerio de Bienes Nacionales señala que ya se pronunció sobre el asunto, según consta en su oficio GABM N° 186, de 2017, que adjunta, donde concluye que dejará sin efecto su decreto exento N° 561, de 2015, y modificará en la parte considerativa el decreto supremo N° 99, de 2013, incorporando los fundamentos que justifiquen el interés público en la venta directa autorizada a la empresa recurrente. Agrega que sin perjuicio de lo señalado, la sociedad Sucesión Carlos Álvarez Sociedad Anónima deberá constituir las correspondientes boletas de garantía de seriedad de las ofertas y realizar los pagos respectivos por el período de irregularidad que ha tenido sobre ambos inmuebles, todo con la finalidad de resguardar el interés fiscal. Como cuestión previa, cabe recordar que el aludido dictamen N° 84.706, de 2016, se pronunció sobre la situación que afectaba a la recurrente y que dice relación con la venta directa del inmueble fiscal ubicado en la comuna de Antofagasta -sitios N° 9 y N° 10 de la manzana 2, Barrio Industrial de Antofagasta-, señalando que correspondía que la mencionada Secretaría de Estado corrija lo observado por este Organismo Fiscalizador respecto del decreto N° 99, de 2013 -que autorizó la aludida venta directa-, con el fin de regularizar la compraventa y así se consoliden los efectos establecidos en la autorización dispuesta por el Presidente de la República, conforme a las facultades que le otorga el decreto ley N° 1.939, de 1977. El precitado decreto decidía autorizar la venta directa, poniendo fin al procedimiento iniciado por la interesada, regularizando la situación de la peticionaria que arrendaba desde el año 1969 el inmueble fiscal. Además, se debe considerar que la empresa recurrente realizó inversiones amparada en el decreto N° 4, de 1998, del Ministerio de Bienes Nacionales -instrumento en el cual se plasmó la voluntad presidencial de venderle en forma directa- y en la confianza manifestada por las sucesivas autoridades que intervinieron en el caso que se examina, según consta en el expediente administrativo tenido a la vista en su oportunidad. En consecuencia, atendido lo señalado por el Ministerio de Bienes Nacionales a esta Contraloría General, se estima que el asunto se encuentra en vías de solución, debiendo informar esa Cartera de Estado a la Unidad de Apoyo al Cumplimiento de la I Contraloría Regional Metropolitana la dictación del acto administrativo a que alude, dentro del plazo de 60 días hábiles contado desde la notificación del presente oficio, con el objeto de cumplir finalmente con el aludido dictamen N° 84.706, de 2016. Transcríbase a la interesada. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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