Dictamen N° 23710/2025
N° E23710 Fecha: 12-02-2025 I. Antecedentes Se han dirigido a esta Contraloría General las señoras Rosario Carvajal Araya y Cecilia Toro Zepeda, reclamando en contra del municipio de dicha comuna, pues la cuenta pública organizada el 29 de junio de 2024 contó con la participación de la banda musical “La Sonora Tommy Rey”, por lo que objetan que dicho evento artístico haya sido financiado con fondos del municipio o de la Corporación para el Desarrollo de Santiago (CORDESAN). Además, se consulta sobre la obligación de la CORDESAN de responder a solicitudes de información requeridas o derivadas mediante ley de transparencia y por el Consejo para la Transparencia. Requerida al efecto, la Municipalidad de Santiago informó, en síntesis, que la cuenta pública en cuestión se ajustó a derecho y que los únicos gastos en que incurrió en dicho evento dicen relación con impresiones de dípticos e invitaciones, servicio de coffee break, bolsas de tela biodegradables, servicio audiovisual, servicio de toldo y carpa. Además, precisa que la CORDESAN no financió dicha cuenta pública y que el municipio no incurrió en ningún gasto publico relacionado a la presentación de la banda Tommy Rey, ya que esta participó de manera gratuita en la citada actividad. Por último, indica que la solicitud de información reclamada fue respondida mediante oficio N° E-980, de 8 de julio de 2024. II. Fundamento jurídico El inciso primero del artículo 67 de la ley N° 18.695 dispone que “El alcalde deberá dar cuenta pública al concejo, al consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil y al consejo comunal de seguridad pública, a más tardar en el mes de abril de cada año, de su gestión anual y de la marcha general de la municipalidad. Deberán ser invitados también a esta sesión del concejo, las principales organizaciones comunitarias y otras relevantes de la comuna; las autoridades locales, regionales, y los parlamentarios que representen al distrito y la circunscripción a que pertenezca la comuna respectiva”. Luego, el inciso segundo de dicha norma indica que la referida cuenta pública se efectuará mediante informe escrito y tendrá a lo menos los contenidos que enumera. Asimismo, el inciso tercero agrega que un extracto de la cuenta pública del alcalde deberá ser difundido a la comunidad. Sin perjuicio de lo anterior, la cuenta íntegra efectuada por el alcalde deberá estar a disposición de los ciudadanos para su consulta. Por su parte, el ordenamiento jurídico ha establecido expresamente que el desembolso relativo a publicidad y difusión de la gestión y logros de una autoridad específica o del municipio en general, solo se ajustará a derecho en la medida que este se haga dentro del marco de la regulación sobre cuenta pública, en la oportunidad y términos dispuestos en el aludido artículo 67 de la ley N° 18.695 (aplica dictamen N° 91.846, de 2016). III. Análisis y conclusión Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la Municipalidad de Santiago realizó una cuenta pública con fecha 29 de junio de 2024, en la que dio cuenta de los avances en distintos temas relativos a la gestión municipal. En este contexto, la participación de la Sonora Tommy Rey, de acuerdo con lo informado por el municipio, no habría tenido ningún costo para la referida entidad edilicia ni para la CORDESAN. Al respecto, luego de realizar las verificaciones en mercado público y el libro diario del municipio, no se advierte la existencia de ninguna orden de compra emitida por la municipalidad ni por la corporación para los integrantes de la agrupación. En consecuencia, en dicho orden de ideas, no se advierte situación que objetar, pues esta Contraloría General entiende que con la organización de la cuenta pública de que se trata se dio cumplimiento al deber de disposición y difusión a la comunidad de la referida cuenta, toda vez que la forma de dar cumplimiento a ello corresponde a un aspecto de mérito y conveniencia que debe ser evaluado en este caso por la Municipalidad de Santiago. Finalmente, es dable consignar que la solicitud de acceso a la información reclamada, ya fue respondida por la CORDESAN. Saluda atentamente a Ud., Víctor Hugo Merino Rojas Contralor General de la República (S)