Dictamen CGR

Dictamen N° 237213/2022

2022-07-20 · Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre tratamiento contable de ingresos percibidos por mantención de saldos promedios de cuentas corrientes
Aplicado por
Dictamen N° 577801/2024
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N° E237213 Fecha: 20-VII-2022 El alcalde de la municipalidad de Rengo se ha dirigido solicitando un pronunciamiento para el tratamiento contable del reconocimiento de los intereses percibidos por mantención de saldos promedios en cuentas corrientes. En primer lugar, solicita el procedimiento contable para registrar los intereses percibidos por mantener un saldo promedio en la cuenta corriente proveniente de ingresos municipales y en segundo lugar los correspondientes a ingresos de este a fondos en administración. Agrega, que en base al contrato de prestaciones de servicios suscrito con el Banco del Estado de Chile según el párrafo cuarto inciso tercero, el banco deberá pagar intereses mensuales a la municipalidad, durante la vigencia del contrato (60 meses) a una tasa de retorno anual, nominal, y fija de un 4.2% calculado sobre los saldos promedios mantenidos en las cuentas corrientes abiertas en el banco adjudicado en moneda nacional. Precisado lo anterior, los intereses percibidos en las cuentas corrientes que mantienen los fondos municipales deben ser registrado con un cargo en la cuenta 1150699 C x C Rentas de la Propiedad – Otras Rentas de la Propiedad y un abono en la cuenta 43309 Otras Rentas de la Propiedad. Ahora bien, en relación con la segunda consulta, se debe considerar lo que indica el convenio suscrito entre la entidad otorgante y el municipio, en relación a los fondos en administración y en específico respecto de los intereses que se puedan generar por dichos fondos, de no especificarlo el convenio el municipio deberá consultar al organismo otorgante. Al respecto, si se establece que los intereses serán de beneficio del organismo otorgante de los fondos en administración, el municipio deberá registrarlos en la cuenta 21405 Administración de Fondos. Finalmente, cabe recordar que, durante todo el proceso de implementación de la normativa, los municipios contarán con el apoyo de los analistas contables regionales (ACR) de cada Contraloría Regional. Saluda atentamente a Ud., MARÍA SOLEDAD FRINDT RADA Jefe de División de Contabilidad y Finanzas Públicas