Dictamen N° 25034/2018
N° 25.034 Fecha: 05-X-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al acto administrativo singularizado en el epígrafe, que aprueba el contrato celebrado vía trato directo con la empresa Sistemas Oracle de Chile S.A., para los servicios de renovación de licencias de software y mantención de hardware para solución integral SOA, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que, atendido lo estipulado en la cláusula primera del acuerdo de voluntades, las disposiciones contenidas en los N°s. 10 y 16, de los términos generales, y 7.3, del suplemento H-hardware, ambos documentos emitidos por la empresa contratante, no pueden restringir las facultades propias de la Administración del Estado ni traducirse en renuncias a derechos y acciones que no estén permitidos en el ordenamiento jurídico, y que dejan a salvo el ejercicio de las acciones correspondientes por parte del Servicio de Impuestos Internos, en caso de producirse perjuicios imputables a la sociedad contratada (aplica oficio N° 14.202, de 2018). Asimismo, cabe manifestar que no procede el término unilateral del convenio a iniciativa del proveedor, como pudiera desprenderse del N° 6 de los referidos términos generales, sin perjuicio de que esa entidad considere su solicitud y se ponga término anticipado al contrato por alguna de las causales contempladas en la ley N° 19.886 y su reglamento (aplica criterio contenido en el oficio N° 32.019, de 2015). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General María Soledad Frindt Rada Subcontralor General de la República