Dictamen CGR

Dictamen N° 25077/2010

2010-05-11 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · municipal · Vigente
Sumario. Sobre extemporaneidad de reclamo de calificaciones de funcionario regido por la ley 18883
Aplicado por
Dictamen N° 51089/2010
Aplica dictamen

N° 25.077 Fecha: 11-V-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Zócimo Díaz Catalán, servidor grado 13 de la planta administrativa de la Municipalidad de Maipú, interponiendo el recurso especial de reclamación previsto en los artículos 47 y 156 de la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, respecto de sus calificaciones correspondientes al período 2008-2009, que lo ubicaron en lista 3, Condicional, con 47 puntos. Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 47, en relación con el artículo 156, ambos de la citada ley N° 18.883, el plazo para reclamar de las calificaciones ante esta Entidad Fiscalizadora es de diez días hábiles, contados desde que se tuvo conocimiento de la situación, actuación o resolución que dio lugar al vicio que se reclama. Pues bien, en la especie, conforme a lo informado por la Municipalidad de Maipú, a través del oficio N° 1.200/019, de 2010, mediante carta certificada despachada a su domicilio, recepcionada en la oficina de Correos de Chile el día 4 de enero de 2010, se le comunicó al recurrente la resolución que rechazó el recurso de apelación que interpuso ante el alcalde, por lo que según lo dispuesto en el artículo 46, inciso 2°, de la ley N° 19.880 -que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado-, se entiende notificado de la misma con fecha 7 de enero de 2010. Por consiguiente, la presente reclamación deducida ante esta Contraloría General resulta extemporánea, en atención a que el plazo respectivo venció el día 19 de enero de 2010, motivo por el cual sólo cabe desestimarla. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República