Dictamen CGR

Dictamen N° 25102/2015

2015-03-31 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. La Superintendencia de Pensiones se pronunció sobre el bono de reconocimiento solicitado por la recurrente en el ejercicio de sus atribuciones
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N° 25.102 Fecha: 31-III-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Julia Vilchez Cárceles, pensionada en el sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, solicitando que se le conceda un segundo bono de reconocimiento por las cotizaciones enteradas en la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas que indica. Sobre el particular, cabe manifestar que de conformidad a lo establecido en los artículos 46 y 47 de la ley N° 20.255, y a lo concluido por la jurisprudencia de este origen, contenida, entre otros, en el dictamen N° 75.726, de 2014, esta Institución Fiscalizadora no interviene en la emisión del documento de que se trata, correspondiéndole a la Superintendencia de Pensiones impartir las instrucciones pertinentes a las cajas de previsión sobre la forma de efectuar su cálculo. En este contexto, la aludida superintendencia ejerció dicha atribución en servicio la situación de la especie, al responder lo planteado por la interesada mediante su oficio N o 27.405 de 2014, el que -ratificando lo resuelto por los pronunciamientos que consigna-, concluyó que no procede acceder a su requerimiento, por cuanto los lapsos de afiliación paralela, no pueden ser incorporados en el bono en cuestión. Siendo ello así, se desestima la pretensión de la señora Vilchez Cárceles. Transcríbase a la Superintendencia de Pensiones. Saluda atentamente a Ud. Por Orden del Contralor General Subcontralor General de la República Subrogante

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