Dictamen N° 25255/2018
N° 25.255 Fecha: 08-X-2018 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Carlos Fuentealba Maldonado, en representación de Laboratorios Saval S.A., solicitando la reconsideración del dictamen N° 11.931, de 2018, el cual, atendiendo una presentación en la que dicha empresa impugnaba la juridicidad de los decretos exentos N°s. 122, de 2014, y 257, de 2016, ambos del Ministerio de Salud -por los cuales se modificó el decreto exento N° 27, de 2012, del mismo origen, que aprobó la Norma Técnica N° 131 “Norma que define los criterios destinados a establecer la equivalencia terapéutica en productos farmacéuticos en Chile”-, concluyó que aquellos actos administrativos se ajustaban a derecho. Sobre el particular, cabe precisar que, en el presente requerimiento, la empresa recurrente se limita a reiterar alegaciones formuladas en su anterior solicitud de pronunciamiento. En efecto, aquélla vuelve a sostener que a través de los aludidos decretos exentos N°s. 122 y 257, el Ministerio de Salud habría vulnerado el inciso tercero del artículo 101 del Código Sanitario, el decreto supremo N° 3, de 2010, de esa secretaría de Estado -Reglamento del Sistema Nacional de Control de los Productos Farmacéuticos de Uso Humano-, y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud contenidas en su informe N° 40, del año 2006. Al respecto, cumple con anotar que las alegaciones relativas a la normativa y recomendaciones a las que alude la peticionaria, según se aprecia del tenor del citado dictamen N° 11.931, de 2018, fueron debidamente ponderadas en su oportunidad, sin que se aporten nuevos antecedentes, de hecho o de derecho, que ameriten alterar el criterio sustentado en ese pronunciamiento. En este contexto, corresponde desestimar la presente solicitud de reconsideración. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República