Dictamen N° 2547/2013
N° 2.547 Fecha: 11-I-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Óscar Enrique Sepúlveda Herrera, exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para solicitar, por las razones que expone, se modifique su invalidez de segunda clase por una de tercera clase. Requerido su informe, esa entidad informó, en síntesis, que se encuentra vencido el plazo de dos años que el recurrente tenía para pedir un nuevo examen de su estado de salud, por lo que no es posible acceder a su petición. Sobre el particular, es menester señalar que el artículo 73 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de esa institución policial, previene, en lo pertinente, que a su Comisión Médica le corresponderá exclusivamente el examen del personal, añadiendo el artículo 74 del mismo ordenamiento, que el Director General, previo informe del mencionado organismo colegiado y conforme lo disponga el reglamento respectivo, resolverá el grado de invalidez. Por su parte, el artículo 17 del decreto N° 34, de 1984, de la misma Secretaría de Estado, Reglamento que clasifica por categorías y clases las lesiones e invalideces del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, faculta a la mencionada comisión para revisar, dentro del plazo de dos años, la situación médica de un exfuncionario en el evento de agravarse la lesión que causó su retiro, tal como se precisó en los dictámenes N os 1.559, de 2000, 5.282, de 2001 y 5.417, de 2010, de este origen, entre otros. Ahora bien, considerando que, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante la resolución N° 36, de 2001, esa Comisión Médica determinó que el señor Sepúlveda Herrera padecía una enfermedad invalidante de carácter permanente, por lo que se le otorgó una invalidez de segunda clase, cabe concluir que cualquiera sean los motivos que el interesado invoque para solicitar una nueva resolución sobre la afección que le fuera diagnosticada, su solicitud es extemporánea, no siendo posible en la actualidad que se determine que le correspondería acceder a una invalidez de tercera clase. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República