Dictamen N° 26050/2012
N° 26.050 Fecha: 07-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, para solicitar un pronunciamiento respecto de la procedencia de reconocer, para efectos de la asignación de antigüedad prevista en la ley N° 19.664, el tiempo que la profesional funcionaria señora Karina Jiménez Salazar, trabajó en España. Sobre el particular, es menester advertir que el artículo 31 de la ley N° 19.664, establece que serán válidos para el reconocimiento de la asignación de antigüedad, los servicios que hayan sido prestados como profesional funcionario en cualquier calidad jurídica, en los Servicios de Salud o en sus antecesores legales, en organismos considerados en la ley N° 19.378, o en los cargos directivos regidos por el decreto ley N° 249, de 1973. Agrega el precepto, en su inciso segundo, que también serán válidos y se podrán reconocer por una sola vez, los tiempos servidos, en lo que interesa, como médico cirujano, en calidad de planta o a contrata, en Municipalidades, establecimientos de salud de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile y de las Cajas de Previsión de dichas instituciones; Servicio Médico Legal; Gendarmería de Chile; Universidades Estatales y reconocidas por el Estado y para empleadores particulares que ejerzan funciones delegadas de un servicio público de salud. Al respecto, la jurisprudencia de esta Entidad de Control contenida, entre otros, en el dictamen N° 34.832, de 2011, ha manifestado que no resultan útiles para el beneficio que se pretende los servicios prestados fuera del país -por cierto, en instituciones ajenas a las mencionadas en la citada ley-, de manera que sólo los desempeños realizados en Chile pueden considerarse para trienios, lo que no se cumple en el caso en estudio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República