Dictamen CGR

Dictamen N° 26158/2019

2019-10-01 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cobro de la asignación por cambio de residencia en la Policía de Investigaciones de Chile, prescribe en seis meses desde que se hizo exigible

N° 26.158 Fecha: 01-IX-2019 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Eduardo Mora Navalon, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para solicitar, por los motivos que expone, el pago íntegro de la asignación por cambio de residencia, debido a su destinación a la ciudad de Chañaral, dispuesta en el año 2015, pues debido a su estado civil de soltero, tal beneficio solo se le enteró el 25% de ese estipendio. Al respecto, cabe señalar que el artículo 46, letra d), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile -aplicable a la Policía de Investigaciones de Chile, según se indica en el artículo 101 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de esta última institución-, dispone que la asignación por cambio de residencia se otorgará de acuerdo a la ley aplicable al personal de la Administración Civil del Estado, con las modalidades que detalla esa preceptiva. Enseguida, es menester indicar que, de conformidad con lo previsto en el artículo 99 de la ley N° 18.834, el derecho al cobro de la asignación por cambio de residencia, prescribe en el plazo de seis meses contado desde la fecha en que se hizo exigible, la que se interrumpe por vía administrativa en el momento que se solicita el reconocimiento del emolumento de que se trate, al servicio respectivo o ante esta Contraloría General, tal como lo precisó, entre otros, el dictamen N° 47.509, de 2013, de este origen. Ahora bien, según lo expresado por el propio recurrente, aparece que, en el mes de febrero de 2016, requirió el pago de la totalidad de ese beneficio, petición que le fue negada, no formulando nuevas solicitudes de otorgamiento de esa asignación hasta el día 5 de febrero de 2018, esto es, cuando ya se encontraba vencido el referido plazo de seis meses, petición que nuevamente fue rechazada, a través del oficio N° 537, de 2018. De este modo, se debe expresar que a la fecha de su reclamo ante esta Contraloría General -9 de mayo de 2018-, habían transcurrido en exceso los referidos seis meses, por lo que el eventual derecho que le hubiese asistido para percibir en forma íntegra la asignación por cambio de residencia y no el 25% de esta, se encuentra prescrito. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Marta Morales del Río Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal

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