Dictamen N° 26499/2018
N° 26.499 Fecha: 23-X-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Johan Inostroza Estrada, trabajador de la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea, afecto a las normas del Código del Trabajo, para solicitar un pronunciamiento que le reconozca, por dicha labor, el derecho a cotizar en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. Sobre el particular, cabe señalar que la ley N° 20.303, creó una planta de tropa profesional para las Fuerzas Armadas, indicando su artículo 4°, que la referida caja hará devolución a dicho personal -calidad que tuvo el recurrente antes de su contratación en la mencionada división-, retirado del monto total que hubiese impuesto durante su permanencia en aquella, siempre que registre a lo menos ocho cotizaciones mensuales en la misma, y que una vez producido su retiro, no continúe prestando funciones en alguna institución que le implique tener la calidad de imponente de esa caja. En este sentido, es útil hacer presente que el artículo 1° de la ley N° 18.458, dispone que a partir de la fecha de su publicación -11 de noviembre de 1985-, los regímenes de previsión y de desahucio de la caja, solo regirán respecto de quienes allí se especifican, dentro de los cuales no se encuentra el personal contratado por las normas del Código del Trabajo, tal como fuese señalado en el dictamen N° 9.656, de 2018, de este origen, entre otros. De esta manera, considerando, por un parte, que las cotizaciones que el señor Inostroza Estrada erogó durante su desempeño como soldado de tropa profesional deben ser integradas en su respectiva cuenta de capitalización individual, en los términos que expone el artículo 5° de la reseñada ley N° 20.303 y, por la otra, que su labor en la División de Bienestar Social de la Fuerza Aérea, sujeta a las disposiciones del citado ordenamiento laboral, está afecta al sistema previsional regulado por el decreto ley N° 3.500, de 1980, procede rechazar su pretensión. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Diego Cartes Saavedra Jefe de Departamento Subrogante Departamento de Previsión Social y Personal