Dictamen CGR

Dictamen N° 26945/2017

2017-07-21 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 101, de 2017, de la Dirección de Vialidad
Aplicado por
Dictamen N° 114206/2021
Aplica dictámenes
Dictamen N° 26279/2019
Aplica dictámenes

N° 26.945 Fecha: 21-VII-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que regulariza y aprueba convenio ad-referéndum de la asesoría a la inspección fiscal del contrato, “Mejoramiento ruta T-85, sector varios tramos en Lago Ranco Calcurrupe, tramo I: IIihue-Riñinahue, Dm. 8.740,00 al Dm. 22.543,10, tramo II: Nilahue-Calcurrupe Dm. 31.060,00 al Dm. 40.649,71; provincia de Ranco, Región de Los Ríos”, sin embargo, cumple con hacer presente que el acto administrativo de la especie ha sido dictado con evidente retraso, si se considera que el acuerdo sancionado fue suscrito el 20 de febrero de 2015. Lo anterior, no se aviene, con los artículos 3°, inciso segundo, y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que imponen a los órganos de la Administración del Estado el deber de accionar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites del procedimiento. Además, es dable indicar en relación con el retraso en la tramitación de la resolución en examen, que según lo previsto en los artículos 5°, inciso segundo y 3°, inciso segundo, ambos de la misma ley, los órganos que integran la Administración deben cumplir sus cometidos coordinadamente y propender a la unidad de acción, lo que constituye un deber jurídico que el legislador impone a los entes públicos y no una mera recomendación, erigiéndose como un principio general que informa la organización administrativa (aplica criterio contenido en el oficio N° 9.092 de 2017, de este origen). Atendido lo expuesto, se deberán adoptar las medidas conducentes a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente, precisar en los convenios, con detalle, la información relativa a la obra a que accede la asesoría respecto de la que se efectúan cambios, y remitir a la brevedad para el respectivo examen de legalidad, los actos que sancionan las modificaciones de consultoría pendientes en esta contratación, en caso de ser procedente. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División de Infraestructura y Regulación

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 9092/2017
Aplica dictamen