Dictamen CGR

Dictamen N° 27018/2013

2013-05-03 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No compete a esta Contraloría General pronunciarse sobre la interpretación que la Superintendencia de Seguridad Social efectúe acerca de la ley N° 16.744

N° 27.018 Fecha: 03-V-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Rodrigo Benavides Castellón , médico del Centro de Ergonomía y Salud Ocupacional de Concepción, quien solicita un pronunciamiento acerca del ordinario N° 8.603, de 6 de febrero de 2013, de la Superintendencia de Seguridad Social, mediante el cual esta entidad efectúo una interpretación del artículo 2° del decreto N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba reglamento para la aplicación de los artículos 15 y 16 de la ley N° 16.744, sobre exenciones, rebajas y recargos de la cotización adicional diferenciada, que, a su juicio, no se ajusta a derecho. Al respecto, cabe señalar que conforme con lo establecido en los artículos 30 y 31 de la ley N° 16.395 -que fija el texto refundido de organización y atribuciones de esa Superintendencia- y 48 de la ley N° 20.255, corresponde a dicha repartición interpretar la ley N° 16.744, impartir las instrucciones necesarias para su aplicación y fiscalizar la observancia de sus disposiciones, tal como lo ha reconocido la jurisprudencia de este Órgano Contralor, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 6.420, de 2003 y 13.445, de 2010. En razón de lo anterior, este Ente Fiscalizador se encuentra impedido de emitir un pronunciamiento que determine si existió una errónea interpretación de la normativa precitada, toda vez que ello significaría fijar el sentido y alcance de aquella, cuestión que, como se manifestara, le ha sido entregada a esa superintendencia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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