Dictamen N° 270377/2022
Nº E270377 Fecha: 25-X-2022 I. Antecedentes El Prosecretario Accidental de la Cámara de Diputadas y Diputados ha remitido un requerimiento del diputado señor Felipe Donoso Castro, quien solicita referirse a la actividad “Recorrido de Chile Vota Informado”, realizada en las ciudades de Talca y Curicó, los días 28 y 29 de julio pasado, con la participación de la Subsecretaria de Servicios Sociales y el Secretario Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia, entre otras autoridades, además de otras personas reconocidas por su posición a favor del ‘apruebo’. Señala que la convocatoria -cuyos términos y cronograma reproduce en su presentación-, habría tenido por objeto difundir el borrador de la nueva Constitución y la mencionada postura, por lo que solicita determinar si aquello se ajustó al instructivo sobre el plebiscito de salida emitido por esta Contraloría General, particularmente por cuanto estima que la ley no les encomienda a esas autoridades ninguna función relacionada con la difusión de actos plebiscitarios. Requerido su informe, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, MIDESO, señala las variadas actividades realizadas en esas dos jornadas, en el contexto de la campaña general ‘Chile Vota Informado’ y adjunta el respectivo cronograma. Asevera que no hubo actos o dichos de las autoridades que hayan manifestado una preferencia explícita por una de las opciones que se plebiscitaron, por lo que el reproche efectuado en tal sentido constituye una suposición del parlamentario requirente. II. Fundamento jurídico Al respecto, cabe manifestar que el dictamen N° E208180, de 2022 -que contiene las instrucciones que fueron impartidas con ocasión del pasado plebiscito de salida-, señala que las autoridades, jefaturas y funcionarios, cualquiera sea su jerarquía, y con independencia del estatuto jurídico que los rija, en el desempeño de la función pública que ejercen, no deben promover alguna de las posturas de este plebiscito, ni asociar la actividad del organismo respectivo con alguna de ellas, ni ejercer influencia sobre otros empleados o sobre los particulares con el mismo objeto, ni, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar algunas de las proposiciones plebiscitadas. El citado instructivo también precisó que únicamente aquellos organismos del Estado relacionados con funciones de comunicación, tales como el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República, y los ministerios Secretaría General de Gobierno y de Desarrollo Social y Familia, podrían efectuar una campaña sobre la importancia de concurrir a participar en el plebiscito e informar acerca de las características de dicho proceso y las posiciones plebiscitadas, a fin de que la ciudadanía esté debidamente informada sobre la materia, en la medida que aquello se ejecute con la debida imparcialidad. Por último, cabe señalar que según lo previsto en la ley N° 20.530, en particular en su artículo 1°, el MIDESO posee atribuciones para coordinar e implementar las políticas, planes y programas en materias de desarrollo y protección social, con enfoque familiar y de integración social a nivel regional y nacional, velando por la participación de la sociedad civil, grupos vulnerables, familias y niños en las materias de su competencia. III. Análisis y conclusión En primer término, cabe indicar que del contexto normativo que determina las funciones que corresponden al MIDESO, es posible desprender que esa secretaría de Estado se encuentra habilitada para fomentar adecuadamente la participación informada de la comunidad, lo que implica dar a conocer las posiciones plebiscitadas y difundir la importancia de participar en el referido acto electoral, en los términos que señala el aludido dictamen E208180, de 2022. De acuerdo con los antecedentes aportados, con fecha 28 y 29 de julio de 2022, se realizaron en la región del Maule diversas actividades en el contexto de la campaña “Chile Vota Informado”, las que, según el cronograma aportado por el MIDESO, consistieron, entre otras, en otorgar entrevistas a medios de comunicación, entregar ejemplares de la propuesta de nueva Constitución y un módulo denominado “Voto Informado”. Por otra parte, según el programa incorporado a la presentación del diputado Donoso Castro, la jornada del jueves 28 de julio, las autoridades cuestionadas realizarían un “Recorrido de Chile Vota Informado”, entregando textos de la propuesta y conversando con las personas, para culminar en un stand del MIDESO en la Plaza de Armas de la ciudad de Talca, donde se realizaría un punto de prensa, “cumpliendo así con la labor del gobierno de informar de manera verídica y transparente a la ciudadanía”. Asimismo, se habrían llevado a cabo conversatorios con la participación de distintos expositores, ninguno de ellos autoridades del MIDESO. En consecuencia, de los antecedentes tenidos a la vista se advierte que las referidas autoridades realizaron actividades de difusión del contenido del texto de la propuesta de la nueva Constitución, lo que constituye una medida razonable que no configura una transgresión a los principios de apoliticidad, probidad administrativa y legalidad que deben observar las autoridades y funcionarios de los órganos de la Administración del Estado y, por ende, al señalado instructivo de este origen. Saluda atentamente a Ud., JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República