Dictamen CGR

Dictamen N° 27123/2015

2015-04-08 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse de una materia cuyo conocimiento se radica en la Superintendencia de Seguridad Social
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N° 27.123 Fecha: 08-IV-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Samuel Manríquez Vilches, reclamando que la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, no habría reliquidado ni pagado las licencias médicas correspondientes a los años 2010 y 2011, tal como le fuera ordenado por el oficio N° 07810, de 2015, de la Superintendencia de Seguridad Social. Sobre el particular, cumple con expresar que tal como se resolviera por el dictamen N° 6.526, de 2015, de este origen, las Cajas de Compensación de Asignación Familiar son organismos que de acuerdo con lo previsto por el artículo 23 de la ley N° 16.395, son fiscalizados por la aludida superintendencia, por lo que esta Institución de Control carece de atribuciones para exigir el cumplimiento de lo instruido por la entidad competente en el ejercicio de sus facultades. En consecuencia, esta Contraloría General se abstiene de emitir un pronunciamiento acerca del asunto planteado. Transcríbase a la Superintendencia de Seguridad Social. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General

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