Dictamen N° 2745/2012
N° 2.745 Fecha: 16-I-2012 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 308, de 2011, de la Dirección General de Obras Públicas, que adjudica la propuesta pública “Asesoría de Inspección Técnica de Explotación de Servicio a Usuarios y Sistemas Interoperables en Obras Viales Concesionadas”, por no ajustarse a derecho. En efecto, del análisis de los antecedentes que obran en esta Entidad de Control, aparece que la adjudicataria habría tenido una vinculación contractual con una de las sociedades concesionarias respecto de las cuales se prestará la asesoría que por esta resolución se adjudica, contraviniéndose así el artículo 34 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría –sancionado por el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas–, aspecto que será objeto de una investigación especial por parte de este Órgano Contralor. Por otra parte, se hace presente que ese Servicio, en lo sucesivo, y en cuanto respecta al sistema de evaluación de las ofertas técnicas, deberá observar estrictamente lo dispuesto para estos efectos en el artículo 42 del mencionado reglamento, en lo que se refiere a la fijación de los coeficientes de evaluación conforme a los rangos allí establecidos. Por último, se advierte que la asesoría de la especie comprende los siguientes contratos de obras viales concesionadas: Concesión Internacional Ruta 5, Tramo Santiago – Talca y Acceso Sur a Santiago; Concesión Internacional Sistema Oriente – Poniente; Sistema Norte – Sur; Sistema Américo Vespucio Sur, Ruta 78 – Av. Grecia; Sistema Américo Vespucio Nor-Poniente, Av. El Salto – Ruta 78; Concesión Variante Vespucio – El Salto – Kennedy; y, Acceso Vial Aeropuerto Arturo Merino Benítez, lo que se ha omitido consignar en el cuerpo de la resolución y deberá evitarse en lo sucesivo. En mérito de lo expuesto precedentemente, se representa el acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República