Dictamen CGR

Dictamen N° 27825/2010

2010-05-25 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Compete a la Superintendencia de Pensiones, pronunciarse respecto de la situación previsional de imponente voluntario de la Caja de Empleados Particulares
Aplicado por
Dictamen N° 84469/2013
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Dictamen N° 25289/2013
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N° 27.825 Fecha: 25-V-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Edgardo Iván Pizani White, imponente voluntario de la antigua Caja de Empleados Particulares, solicitando un pronunciamiento respecto de su situación previsional con el objeto de obtener una pensión de vejez. Al respecto corresponde indicar que conforme a lo dispuesto en el artículo 47 de la ley N° 20.255, le corresponde a la Superintendencia de Pensiones pronunciarse sobre el particular. Por consiguiente, atendiendo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, este Órgano de Control cumple con remitir a la mencionada Superintendencia los antecedentes de la especie a fin de que se sirva dar una respuesta sobre la materia. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante