Dictamen N° 29054/2015
N° 29.054 Fecha: 14-IV-2015 El Servicio de Salud Valdivia se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General, solicitando que se reconsideren las observaciones consignadas en el informe N°1, de 2013, de la Contraloría Regional de Los Ríos, sobre la inspección técnica del epígrafe practicada al proyecto denominado “Construcción Hospital de Corral”, relacionadas con la aprobación de aumentos de obras por concepto de mejoramiento de suelos, y con mayores costos derivados de movimiento de tierras realizados por el contratista. Corresponde mencionar, en lo pertinente, que dicho informe -notificado al Servicio de Salud Valdivia por oficio N°971, de 14 de marzo de 2013, de la referida sede regional-, objetó en su acápite III “Examen de Cuentas”, numeral 3.1, letra a.1), la aprobación de un aumento de obras consistente en mayores trabajos de excavación y mejoramiento de suelo para alcanzar el sello de fundación, así como también, en el numeral 3.1, letra a.2), los costos derivados del mayor movimiento de tierras realizado por el aludido contratista, los que, según se estableció, debieron ser asumidos por este último en atención a la naturaleza a suma alzada del contrato y a otros antecedentes de que se da cuenta en el mismo. En tales circunstancias, ese servicio solicitó a esta Contraloría General la reconsideración de tales objeciones, requerimiento que esta Entidad Fiscalizadora atendió a través del oficio N°62.697, de 2013, acogiéndolo parcialmente para lo consignado en la letra a.1) del numeral 3.1, y denegándolo en lo concerniente al punto 3.1, letra a.2). En el mismo pronunciamiento se le instruyó efectuar un nuevo cálculo de la sobre excavación y del mejoramiento de suelo, como asimismo, que acreditara los volúmenes considerados en los pagos cursados por estos conceptos. Luego, la repartición envió la documentación al efecto e insistió en su solicitud de reconsideración acerca del anotado punto 3.1, letra a.2), del examen de cuentas contenido en indicado informe regional. A su turno, a través del oficio N°32.508, de 2014, esta Contraloría General rechazó las nuevas cubicaciones de volúmenes de sobre excavación y relleno informadas por el servicio, y nuevamente desestimó su solicitud de reconsideración relativa a lo concluido para el citado numeral 3.1, letra a.2), del examen de cuentas que interesa, por no haberse aportado antecedentes que así lo permitiesen. Ahora bien, pese a lo expuesto, mediante los oficios N°s 1.289 y 1.900, ambos de 2014, el Servicio de Salud Valdivia renovó su solicitud de aprobación de las cubicaciones de volúmenes cuestionadas y la reconsideración de lo manifestado por la sede regional de Los Ríos en el punto 3.1, letras a.1) y a.2), del referido examen de cuentas. En relación con lo anterior, según se registra en el Juzgado de Cuentas de esta entidad, con fecha 24 de mayo de 2013, la Contralor Regional de Los Ríos presentó un reparo en contra de la Directora del Servicio de Salud Valdivia, del Subdirector del Departamento Subdirección Recursos Físicos y Financieros, y del Jefe del Subdepartamento de Recursos Físicos y Abastecimiento de ese servicio, con el fin de hacer efectiva la responsabilidad civil emanada del examen de cuentas relacionado con el proyecto “Construcción Hospital de Corral”, cuyo resultado consta en el informe N°1, de 2013, aludido en los párrafos precedentes, en el juicio de cuentas correspondiente rol N°56 de 2013, que a la fecha se encuentra con el término probatorio vencido. En este contexto, no corresponde actualmente a este Organismo de Control pronunciarse sobre la solicitud de aprobación de las cubicaciones de volúmenes cuestionadas y por ende acerca de lo establecido en el citado informe de la sede de la región de Los Ríos, en virtud de la prohibición que en tal sentido se contiene en el artículo 6° de la ley N° 10.336, orgánica de esta institución, que le impide intervenir en asuntos de naturaleza litigiosa o que estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, cuyo es precisamente el caso de la especie (aplica criterio contenido en dictamen N°69.282, de 2009, de este origen). Transcríbase a la Jefa del Departamento de Auditoría Interna del referido servicio de salud, a la Contraloría Regional de Los Ríos, al Juzgado de Cuentas y a la Fiscalía de esta Entidad de Control. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante