Dictamen CGR

Dictamen N° 29108/2012

2012-05-17 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Procede retiro de funcionario de la fuerza aérea por su inclusión en lista anual, en la medida que no esté pendiente algún informe de la Comisión de Sanidad

N° 29.108 Fecha:17-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Joel Darío Hernández Guerrero, ex funcionario de la Fuerza Aérea, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 5.929, de 2010, de este origen, en el cual se señaló, por las razones que en ese oficio se expresan, que su inclusión en la lista anual de retiros del año 2009, se ajustó a derecho. Sobre el particular, y en cuanto al aspecto planteado, esto es, que a la época de su alejamiento, estaba a la espera de un pronunciamiento de la Comisión de Sanidad institucional sobre su estado de salud, lo que, en su opinión, habría hecho improcedente su desvinculación, corresponde expresar que si bien el artículo 252 del D.F.L. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, establece que para disponer el cese de funciones por una causal distinta a la de inutilidad, encontrándose pendiente un informe de la aludida Comisión, obliga a obtener dicho antecedente antes de dictarse la resolución de retiro, lo cierto es que en el caso del ocurrente, no se configuró la indicada hipótesis. En efecto, de la documentación acompañada por el señor Hernández Guerrero, en la especie, el acta N° 155, de 2010, del referido cuerpo médico, no es posible advertir que a la data de emisión de la resolución N° 694, de 26 de agosto de 2009, que dispone el alejamiento del interesado, por su inclusión en la citada nómina anual de retiro, se encontrara pendiente algún informe de ese órgano colegiado acerca de la capacidad física de aquél. Pues bien, atendido que el antecedente acompañado en esta oportunidad, no aporta elementos de juicio que permitan a esta Contraloría General modificar el criterio contenido en el mencionado dictamen N o 5.929, de 2010, se confirma ese pronunciamiento y se rechaza la solicitud de reconsideración formulada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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