Dictamen CGR

Dictamen N° 29177/2010

2010-06-02 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Sobre condonación de sumas percibidas indebidamente por concepto del bono extraordinario de la ley 20326

N° 29.177 Fecha: 02-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Jenny del Carmen Mansilla Alvarado RUT N° 13.298.514-6, funcionaria del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, solicitando la condonación de la suma de $ 80.000, percibida indebidamente por concepto del bono extraordinario establecido en la ley N° 20.326. Solicitado informe al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por oficio N° 200, de 2010, el Director General ha señalado que a la señora Mansilla se le otorgó a partir del mes de junio de 2009, el máximo de cuotas para cancelar la suma adeudada. Al respecto, cumple con informar, en armonía con lo manifestado mediante el oficio N° 30.973, de 2009, de esta Entidad de Fiscalización, que el artículo 3° del decreto ley N° 3.536, de 1980, establece que la facultad de condonar las sumas percibidas por concepto de prestaciones de seguridad social erróneamente concedidas, corresponde a los jefes superiores de las instituciones de previsión social, según proceda resolver, a petición expresa de la interesada, siendo actualmente el Instituto de Previsión Social la entidad a la que le compete su ejercicio. En relación a lo anterior, el Jefe de la Oficina de Sueldos del citado Hospital, deberá remitir las sumas descontadas al Instituto de Previsión Social. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante

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