Dictamen N° 29280/2016
N° 29.280 Fecha: 19-IV-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de ejercer el control previo de juridicidad de las resoluciones singularizadas en el epígrafe, mediante las cuales se aprueban las modificaciones de los contratos que en cada una de ellas se indican, por cuanto los convenios originalmente suscritos se encontraban exentos de ese control de conformidad con lo señalado en el artículo 9°, N° 9.6.4, de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad de Fiscalización, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Por consiguiente, se remiten adjuntos los mencionados documentos, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el título VI de la precitada resolución. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República