Dictamen CGR

Dictamen N° 29586/2013

2013-05-13 · Probidad, transparencia e inhabilidades · municipal · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre improcedencia de intervenir en proceso disciplinario en tramitación

N° 29.586 Fecha : 13-V-2013 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Remberto Cancino Castillo, en representación de los señores Luis Espinosa Plaza, Carlos Cerda Jaraquemada y Rodolfo Gasset Acuña, todos docentes directivos del Liceo Eduardo Frei Montalva A-26, de la Municipalidad de Santiago, solicitando la reconsideración del dictamen N° 21.641, de 2013, de este origen, mediante el cual se resolviera que a este Organismo Fiscalizador no le corresponde intervenir sino solo una vez que la causa disciplinaria que les afecta esté debidamente afinada. En esta ocasión, el recurrente sostiene que sus representados no han tenido derecho a un debido proceso, vulnerándose a su respecto el principio de presunción de inocencia. En relación con la materia, cabe reiterar que el citado pronunciamiento precisó, en lo pertinente y atendida la calidad jurídica de los afectados, que los sumarios administrativos son procedimientos reglados en los que no caben otros trámites o gestiones que aquellos previstos en la reglamentación que los regula, en la especie, la contemplada en los artículos 127 al 143 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, normativa aplicada en conformidad a lo preceptuado en la letra b) del artículo 72 de la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación. En consecuencia, considerando que la situación planteada ya ha sido analizada y resuelta por este Órgano de Control y dado que, en esta oportunidad el solicitante no acompaña antecedentes que permitan modificar el criterio sostenido en el dictamen N° 21.641, de 2013, de esta Entidad de Fiscalización, no cabe sino ratificar este en todas sus partes. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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