Dictamen CGR

Dictamen N° 297678/2023

2023-01-11 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Alterado
Sumario. Cursa con alcances el decreto N° 31, de 2022, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
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Dictamen N° 114714/2025
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N° E297678 Fecha: 11-I-2023 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto singularizado en el epígrafe, que Aprueba el Plan Nacional de Derechos Humanos 2022-2025 -en adelante el Plan-, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, en lo que concierne a lo expresado en la parte introductoria del artículo primero del aludido decreto acerca de los recursos financieros considerados para el cumplimiento del Plan -en conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos-, cumple con señalar que esta Entidad de Control entiende que aquellos son los respectivos recursos que se contemplarán en los correspondientes presupuestos anuales y que se adoptarán las medidas tendientes a la disponibilidad efectiva de los mismos, por parte de las autoridades competentes. Asimismo, en lo que atañe a las acciones previstas en el Plan que consideran la intervención de organismos autónomos, debe consignarse que para que proceda esa participación, es necesario que, previamente, se celebre un acuerdo entre aquellos y los respectivos órganos de la Administración del Estado, con arreglo a la normativa que resulte aplicable (aplica criterio contenido en el oficio N° 31.378, de 2019). En cuanto a la implementación del Plan, cabe recordar que las instituciones responsables y colaboradoras que el mismo contempla deben ajustarse para aquel efecto al marco de las atribuciones que la ley les asigna en relación con las acciones que les corresponde ejecutar. Además, se debe verificar que estas últimas guarden estricta relación con los respectivos indicadores de cumplimiento y las fuentes de información que permitan medirlos. A su vez, es del caso anotar que no compete a este Órgano de Fiscalización pronunciarse acerca del mérito, conveniencia u oportunidad del contenido y ejecución de las acciones que comprende el instrumento en análisis. Finalmente, se hace presente que la remisión que se hace en la página 12 del decreto a la dirección web que indica, debe entenderse hecha a “http:/tuopinioncuenta.minjusticia.gob.cl”. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del rubro. Saluda atentamente a Ud., JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República

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