Dictamen CGR

Dictamen N° 30070/2012

2012-05-23 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. No procede revisar proceso calificatorio de funcionario de Carabineros de Chile, clasificado por primera vez en Lista N° 3, de Observación

N° 30.070 Fecha: 23-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Elson Rosamel Oliva Torres, funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento respecto de la legalidad de su proceso calificatorio correspondiente al año 2011, en el cual fue incluido en Lista N° 3, de Observación. Requerido su informe, el mencionado organismo ha manifestado, en síntesis, que la referida evaluación se ajustó en todas sus etapas a la normativa legal y reglamentaria que la rige. Sobre el particular, cabe señalar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del D.F.L. N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, que los funcionarios de esa institución policial pueden solicitar dicho examen siempre que interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante esta Entidad Fiscalizadora, dentro del plazo fatal de un año desde el retiro y hayan sido agregados en Lista N° 4, de Eliminación o por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de Observación, requisitos, estos últimos, que no se cumplen en la especie, razón por la cual, no existe una decisión respecto de la que corresponda reclamar ante este Organismo de Control, tal como se informó en el dictamen N° 20.098, de 2012, de este origen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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