Dictamen CGR

Dictamen N° 30128/2017

2017-08-17 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 21, de 2017, de la Dirección de Obras Hidráulicas

N° 30.128 Fecha: 17-VIII-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación del contrato “Construcción de obras fluviales río Andalién, ciudad de Concepción, etapa 2”, por cuanto desde la variación Nº 2, sancionada por la resolución exenta Nº 3.833, de 2015, de la dirección señalada, se efectúa una distinción entre modificaciones de obra y de valores pro forma, en cuanto a los montos que representa cada rubro, sin que se advierta su fundamento normativo (aplica criterio contenido en el oficio Nº 89.324, de 2016), lo que resulta relevante si se tiene presente que el aumento efectivo de la contratación, incide en los porcentajes de modificaciones del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto Nº 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas. Enseguida, se requieren mayores antecedentes acerca de los motivos en virtud de los cuales el material encontrado en la excavación de las obras presentó diversas características a las indicadas en el proyecto licitado, así como que no se haya contemplado originalmente en dicho proyecto el valor pro forma incorporado en la segunda modificación -ascendente a $ 437.159.658-, lo que significó un incremento del contrato ascendente a $ 1.682.364.002. Por último, no se acompaña comprobante que acredite lo pagado por el contratista por concepto de valor pro forma y que justifica la cantidad reembolsada a éste en el estado de pago N° 10 por la primera suma consignada en el párrafo precedente. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe División de Infraestructura y Regulación

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