Dictamen N° 30625/2016
N° 30.625 Fecha: 22-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Luis López González, para reclamar que el Ejército no ha dado cumplimiento al dictamen N° 1.776, de 2015, de este origen, que sobre la base de lo manifestado por esa entidad castrense, indicó que esa última adoptaría las medidas tendientes a invalidar la calificación de aquél, correspondiente al período 2012-2013. Requerido su informe, el mencionado organismo señaló que se dejó sin efecto la aludida evaluación, realizándose una nueva en la que el interesado fue ubicado en lista N° 3, lo que le permite permanecer en la institución, encontrándose pendiente la notificación de tal decisión. En atención a lo expuesto, esta Contraloría General entiende que la situación reclamada está superada. No obstante lo anterior, el Ejército plantea que no sería posible reincorporar al señor López González, pues está pendiente la decisión de la Comisión de Sanidad sobre la capacidad física de aquél. Al respecto, es dable anotar que en los antecedentes analizados, aparece, por una parte, que en enero de 2016, esa comisión se abstuvo de emitir un pronunciamiento definitivo acerca del estado de salud del afectado, en espera de que fuese evaluado en el Hospital Militar de Santiago y, por otra, que al interesado, en el mes de febrero de 2016, se le comunicó su baja, fundada en que el mencionado cuerpo colegiado, en julio de 2014, habría determinado que su salud no era apta para el servicio. Sin embargo, de la misma documentación examinada, no consta que se hubiese dictado el acto administrativo mediante el cual se ordenara el alejamiento del señor López González por enfermedad declarada incurable -de acuerdo con lo establecido en el artículo 57, letra a), de la ley N° 18.948-, el que, según lo previsto en el artículo 51 de la ley N° 19.880, y con arreglo al principio de irretroactividad contemplado en el artículo 52 de ese último texto legal, sólo produciría efectos desde su notificación, conforme con lo sostenido en el dictamen N° 14.068, de 2016, de este origen, entre otros. En atención a que el recurrente fue ubicado en una lista que le permite continuar en el Ejército -considerando, además, que respecto de aquél no se advierte que se haya verificado otra causal de cese-, corresponde que ese organismo castrense adopte, a la brevedad, las medidas tendientes a reincorporar al señor José Luis López González, informando de ello a esta Contraloría General, en el plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio. Transcríbase al señor José Luis López González y a la Contraloría Regional de La Araucanía. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República