Dictamen N° 30842/2012
N° 30.842 Fecha: 25-V-2012 La Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón del decreto N° 38, de 2012, del Ministerio de Bienes Nacionales, que aprueba el contrato de venta directa del inmueble que indica, celebrado entre el Fisco de Chile y el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Antofagasta (SERVIU). Ello por cuanto corresponde observar, en relación a lo consignado en la cláusula sexta del contrato que se aprueba, que de los antecedentes adjuntos se advierte que la referida venta fue autorizada por la Dirección de Obras Municipales de Calama mediante su Certificado de Obras de Urbanización Garantizada N° 17, de 2009, previo otorgamiento, por parte del SERVIU, de su carta de resguardo N° 2.890, del mismo año, referida a las obras de urbanización del loteo del que forma parte el predio que se enajena, en circunstancias que, por una parte, no se aprecia el fundamento conforme al cual el SERVIU garantizó obras de urbanización que eran de cargo del Ministerio de Bienes Nacionales, y, por otra, que acorde a lo establecido en el artículo 129 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones -aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, dicha forma especial de garantía constituye un mecanismo extraordinario previsto solo para los loteos ejecutados por los Servicios de Vivienda y Urbanización, y que, por tanto, no procede respecto de loteos realizados por otras reparticiones públicas, como el de la especie (aplica dictamen N° 20.334, de 2012). En mérito de lo expuesto se representa el decreto indicado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República