Dictamen N° 31193/2011
N° 31.193 Fecha: 17-V-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Ingeniero en Recursos Naturales Renovables, otorgado por la Universidad de Chile a doña Fabiola Vanessa Arcos Carmona, la habilita para percibir el beneficio de asignación profesional. Sobre el particular, es dable manifestar, que la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación -que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, con las normas no derogadas del D.F.L. N° 1, de 2005, del mismo origen-, define al título profesional como el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. Ahora bien, de la información tenida a la vista aparece que la referida Casa de Estudios Superiores imparte la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales Renovables, con una duración de diez semestres, conducente al grado académico de Licenciado en Ciencias de los Recursos Naturales Renovables, y al título de Ingeniero en Recursos Naturales Renovables, diploma que, conforme a lo señalado, tiene la calidad de profesional. Enseguida, en cuanto al derecho a gozar de la asignación profesional, cabe hacer presente que de acuerdo con lo previsto en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, aquélla favorece a los funcionarios de las entidades a que alude -dentro de las cuales se encuentra la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos-, y que, entre otros requisitos, tengan un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de 6 semestres académicos y 3.200 horas de clases. En relación con lo anterior, cumple con hacer presente que de acuerdo al criterio contenido en el dictamen N° 26.441, de 2010, de esta Entidad Fiscalizadora, el requisito de 3.200 horas de clases, para los efectos que interesan, es sólo exigible en aquellos casos en que la carrera respectiva tiene el mínimo de 6 semestres, y no respecto de las que poseen una malla curricular que sobrepase ese límite, como acontece en la situación en análisis. Por consiguiente, en mérito de lo expuesto resulta dable colegir que el diploma de Ingeniero en Recursos Naturales Renovables, otorgado por la Universidad de Chile, reviste el carácter de título profesional y habilita a doña Fabiola Vanessa Arcos Carmona, para percibir la correspondiente asignación, en la medida, por cierto, que se cumplan los demás requisitos legales. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República