Dictamen CGR

Dictamen N° 3139/2018

2018-01-24 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 177, de 2017, de la Dirección General de Obras Públicas
Aplicado por
Dictamen N° 6808/2018
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N° 3.139 Fecha: 24-I-2018 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 177, de 2017, de la Dirección General de Obras Públicas, que adjudica la propuesta pública de la “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Explotación de la Obra Vial Concesionada: Sistema Norte - Sur” al Consorcio Creaxxion Ingenieros Consultores Ltda. - Servicios Especializados Ingeniería Vial S.A. (GAUSS S.A.), por no ajustarse a derecho. En efecto, del estudio y ponderación de los antecedentes acompañados a la oferta técnica, se observa que el personal nominado para el cargo de “Jefe de Seguridad Vial y Contingencias”, incluido en el formulario N° 8 - A, respecto del cual se exige jornada completa, se encuentra comprometido en el contrato de la “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Explotación de las Obras Viales Concesionadas: Grupo Interurbano Zona Sur 2”, adjudicado por la resolución N° 178, de 2017, de esa dirección, situación que vulnera lo dispuesto en los numerales 25, último párrafo, de las bases administrativas y, 4, décimo párrafo, de los términos de referencia, ambos de la resolución N° 78, de 2017, de ese servicio, que modificó y fijó el texto refundido del formato tipo de Bases para Contratos de Asesoría a la Inspección Fiscal para Contratos de Obras Públicas Concesionadas, sancionadas por la resolución N° 61, de 2011, de la anotada repartición (aplica criterio del dictamen N° 49.792, de 2012, de este origen). Sin perjuicio de lo anterior, corresponde anotar que la fecha del acta de evaluación de ofertas técnicas a que se refiere el considerando segundo es el 13 de diciembre de 2017, y no la que allí se consigna, y que la fecha del oficio N° 0001/2017, de la comisión evaluadora es el 20 de diciembre de 2017 y no como se indica en los vistos y en el considerando quinto del acto administrativo en estudio. Asimismo, en el considerando cuarto de la resolución en comento se advierte un error en la identificación de los consultores que presentaron reclamos a la evaluación técnica. En mérito de lo expuesto precedentemente, se representa el acto administrativo señalado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación

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