Dictamen CGR

Dictamen N° 31761/2010

2010-06-14 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre factibilidad de renunciar al viático
Aplicado por
Dictamen N° 14556/2012
Aplica dictámenes 42785/98

N° 31.761 Fecha: 14-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director Nacional del Instituto Nacional de Deportes, para solicitar un pronunciamiento que determine si resulta factible renunciar a la asignación prevista en la letra e) del artículo 98 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, relativa al viático. Al respecto, es menester indicar que el aludido beneficio constituye una indemnización con carácter compensatorio y un derecho de orden público, por ende, irrenunciable, pero no existe impedimento alguno para que, habiéndose concedido el viático del modo que legalmente procede, el interesado no reclame el pago de todo o parte de él , en armonía con la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 20.950, de 1995. Finalmente, y sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, se debe hacer presente que, en lo sucesivo, se deberá dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por este Organismo de Control contenidas en oficio N° 24.841, de 1974, en el sentido que las consultas que se formulen a esta Contraloría General deben efectuarse por el Jefe Superior del Servicio y, además, venir acompañadas del respectivo informe jurídico, condición esta última que no se satisface en la especie. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante