Dictamen N° 31981/2013
N° 31.981 Fecha: 24-V-2013 Se han dirigido a esta Contraloría General doña Olga Pereira Olivares y don Luis León Fuentes, exfuncionarios del 12° Juzgado de Garantía de Santiago, con el objeto de solicitar un pronunciamiento que determine si se encuentran inhabilitados para ingresar a la Administración, atendido que fueron removidos de ese tribunal por haber sido calificados en Lista Deficiente. Sobre el particular, es menester hacer presente que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que los recurrentes fueron ubicados en la mencionada lista en el proceso calificatorio correspondiente al periodo 2011-2012, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 bis, del Código Orgánico de Tribunales, se produjo, por el solo ministerio de la ley, la desvinculación de sus respectivos empleos. Precisado lo anterior, es del caso consignar que el artículo 12, letra e), de la ley N° 18.834, señala como requisito para el ingreso a la Administración, en lo que interesa, no haber cesado en un cargo público como consecuencia de una calificación deficiente, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de labores, de modo que, acorde con el razonamiento contenido en el dictamen N° 15.680, de 2011, de este origen, actualmente los requirentes, dada la causa de su término de funciones, se encuentran impedidos de tal ingreso. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República