Dictamen CGR

Dictamen N° 32023/2010

2010-06-15 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Sobre descuentos por concepto de prestaciones de salud a pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional

N° 32.023 Fecha: 15-VI-2010 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Rolando Luna Aguayo, pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, para solicitar el cumplimiento del oficio N° 66.977, de 2009, de esta Entidad de Control. Asimismo requiere que se determine el derecho que le asistiría a efectuar el pago de su deuda directamente al Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile, exigiendo, con posterioridad, el reembolso a la aludida Caja de los dineros entregados, por ser más beneficioso para sus intereses. Sobre el particular, es menester indicar que, por medio del precitado pronunciamiento, se ordenó al referido Organismo Previsional restituir al peticionario las diferencias de descuentos efectuados sobre su pensión, ocurrida entre los meses de noviembre de 2008 hasta junio de 2009, en aquella parte en que excedan del 20% del saldo fijo de la deuda, debiendo continuar aplicando la política de descuentos establecida en su resolución exenta N° 77, de 2008. Asimismo, se hizo presente que constaba la entrega al reclamante de un detalle de hospitalización, en el que se aprecian las bonificaciones que se aplican a cada prestación, tanto del Fondo de Medicina Curativa, como del Fondo Solidario. Finalmente, en lo que se refiere a su solicitud relativa a efectuar el pago de su deuda en forma personal al Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile, para luego exigir los reembolsos correspondientes a la aludida Caja, cabe destacar que se determinó en el referido dictamen N° 66.977, de 2009, que no constituye una obligación de dicha Entidad proponer estas opciones al interesado. En consecuencia, en atención a que en esta oportunidad no se acompañaron antecedentes nuevos y distintos a los ya analizados, que permitan alterar lo concluido, sólo cabe ratificar en todas sus partes el dictamen en comento, debiendo la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, a la mayor brevedad posible, arbitrar las medidas conducentes a regularizar la situación del señor Luna Aguayo, en la forma indicada en el mismo, si aún no lo hubiere efectuado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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