Dictamen CGR

Dictamen N° 32833/2011

2011-05-24 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre improcedencia de pagar diferencias por asignación policial a ex funcionario de Carabineros de Chile

N° 32.833 Fecha:24-V-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don José Domingo Villalobos Escudero, ex funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar, por las razones que expone, un pronunciamiento que establezca el derecho que le asistiría a que se le paguen las diferencias que, a su juicio, se le adeudarían por concepto de la asignación policial, entre los años 1998 a 2008. Requerido su informe, la mencionada institución ha manifestado, que en el año 2008, el peticionario optó por reconocer la asignación policial, equivalente a un 35% del sueldo en posesión, renunciando al sobresueldo por unidad especializada congelado de que disfrutaba, por ser ambos incompatibles, recibiendo por el primer emolumento la misma suma que percibía por el sobresueldo de Suboficial Graduado que gozaba desde el año 1998. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 46, letra n), del D.F.L. N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile -sustituido por el artículo 1°, N° 24 del D.F.L. N° 1, de 1998, del Ministerio de Defensa Nacional-, otorga la asignación policial a quienes sean de dotación y cumplan labores en Destacamentos y Unidades operativas, la que será compatible con los sobresueldos de Oficial Graduado y de Suboficial Graduado, respectivamente. Al respecto, la jurisprudencia administrativa contenida en los dictámenes N os 36.778, de 2006 y 4.195, de 2011, informó que en el caso de los empleados de Carabineros de Chile que reciben, entre otros, un sobresueldo por título de especialidad y disfrutan, además, de cualquiera de los mencionados en el párrafo anterior -situación en la que se encontraba el interesado-, están impedidos de obtener la referida asignación policial, de modo que para gozar de esta última remuneración, deberán optar entre ella y el sobresueldo de especialista, lo que, por cierto, importa renunciar al beneficio no electo. En este contexto, resulta útil hacer presente que en el ordenamiento en estudio, esto es, el D.F.L. N° 2, de 1968, no existe ninguna norma que establezca el cese inmediato en la percepción del sobresueldo por especialidad, para comenzar a disfrutar de la asignación policial -considerando la incompatibilidad de ambos estipendios-, sino que es imperativa la manifestación de voluntad del interesado en orden a renunciar al primero para gozar del segundo. De esta manera, considerando, por una parte, que el señor Villalobos Escudero, hasta el día 11 de enero de 2008, percibió los sobresueldos de Suboficial Graduado y de Especialidad de Drogas y Estupefacientes y, por la otra, que en esa misma fecha renunció al segundo de los estipendios mencionados, con la finalidad de disfrutar de la asignación policial, cabe concluir que Carabineros de Chile no le adeuda al interesado diferencia alguna por concepto de este último emolumento, por el período que reclama. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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