Dictamen CGR

Dictamen N° 33634/2016

2016-05-06 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No procede el pago de las horas extraordinarias que reclama el peticionario, ya que no consta que la superioridad pertinente hubiere ordenado la ejecución de dichas tareas

N° 33.634 Fecha: 06-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jorge Morales Cortés, exfuncionario del Instituto Nacional del Tórax, solicitando el pago de las horas extraordinarias que realizó durante su desempeño en ese centro de salud. Requerido de informe, el mencionado organismo manifestó, en síntesis, que el interesado laboró en ese establecimiento asistencial hasta el 9 de octubre de 2015, agregando que no procede la retribución que reclama el recurrente, ya que no se le ordenó la ejecución de sobretiempo. Como cuestión previa, corresponde hacer presente que, en los registros de esta Entidad de Control, no consta el acto administrativo mediante el cual se prorrogó la designación del peticionario entre el 1 y el 9 de octubre de la citada anualidad, aspecto que deberá ser regularizado a la brevedad por esa institución. Enseguida, cabe recordar que el artículo 66, inciso segundo, de la ley N° 18.834, establece que los trabajos extraordinarios que disponga la autoridad serán retribuidos con descanso complementario, y si ello no fuere posible, por razones de buen servicio, lo serán con un recargo en las remuneraciones. Sin embargo, es necesario puntualizar que, según se ha precisado en el dictamen N° 32.880, de 2015, de este origen, únicamente corresponde compensar el sobretiempo que se efectué por instrucción de la superioridad pertinente, con independencia de la permanencia que registre el personal. En consecuencia, dado que en la especie no se ha acompañado antecedente alguno que permita acreditar que ese organismo ordenó al recurrente realizar las labores extraordinarias cuya retribución reclama, procede rechazar su petición. Transcríbase al señor Morales Cortés y a la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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