Dictamen N° 3385/2018
N° 3.385 Fecha: 26-I-2018 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato suscrito vía trato directo con la empresa Telefónica Empresas Chile S.A., para la prestación del servicio que se indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cabe precisar que el contrato se suscribió el 24 de octubre de 2017, lo que se ha omitido consignar en el encabezado de la transcripción contenida en la parte resolutiva del acto en estudio. Además, que las remisiones que se efectúan en los N°s. 10.1 y 10.2 de la cláusula décima del documento que se aprueba, deben entenderse efectuadas a sus cláusulas décimo primera y décimo séptima, respectivamente. Por otra parte, cumple con hacer presente que el acto en estudio tiene el carácter de afecto y no aquel que se señala en la citada cláusula décima. Por último, ese servicio deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados (aplica dictamen N° 86.486, de 2016). Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República