Dictamen CGR

Dictamen N° 3398/2017

2017-02-01 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 523, de 2016, de la Dirección de Vialidad
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Dictamen N° 15723/2017
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N° 3.398 Fecha: 01-II-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba antecedentes y acepta propuesta para la ejecución de la obra “Mejoramiento, accesibilidad y conectividad en la ciudad de Iquique, tramo 2B: cerro Dragón-Av. Pérez Opazo, sector cerro Dragón-Av Pérez Opazo, tramo Dm 5.543,66 a Dm 6.930,32; comuna de Iquique, provincia de Iquique, región de Tarapacá” por cuanto no se advierte la razón en virtud de la cual en el resuelvo 5° del acto en examen se alude a la modalidad a serie de precios unitarios con reajuste según IPC, si se tiene presente que la cláusula octava del convenio mandato -que originó el contrato-, establece que la obra se realice a suma alzada y sin reajuste. Además, tampoco consta el conocimiento previo por parte del Gobierno Regional, en lo que respecta a las bases de licitación ni a la adjudicación de la propuesta, conforme lo requerido en la cláusula séptima del mismo pacto. Al respecto, debe recordarse que acorde con el oficio N° 72.042, de 2014, de esta Entidad de Control, no resulta procedente supeditar la reajustabilidad según sea el origen del financiamiento. Por último, no se advierte el sentido y alcance de la respuesta N° 6 de la circular aclaratoria N° 2, ya que de los antecedentes de licitación no se aprecian obras a ejecutar en la ruta a que allí se alude no obstante lo señalado en tal respuesta. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe División de Infraestructura y Regulación

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