Dictamen N° 72042/2014
N° 72.042 Fecha: 16-IX-2014 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que acepta la oferta de la empresa que indica, para la ejecución de la obra “Ampliación Área de Movimiento Ad. Tte. Julio Gallardo de Puerto Natales”, por cuanto se verifica que los recursos consultados en las resoluciones N os 6 y 71 ambas de 2014, del Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, que contienen la asignación presupuestaria respectiva -Código BIP 30071385-0- resultan insuficientes para financiar los fondos imputados en el resuelvo N° 12 del acto en examen. Luego, resulta improcedente lo indicado en el resuelvo N° 5 del documento de la suma, que supedita la reajustabilidad, según sea el origen del financiamiento, posibilidad no prevista en la normativa aplicable a la contratación de que se trata. Enseguida, de los antecedentes tenidos a la vista se omite detallar con precisión la unión de las tuberías HDPE = 1,5, a instalarse en las obras de arte, toda vez que esa Dirección en la respuesta N° 29, de la circular aclaratoria N° 2, no obstante recomendar el sistema campana-espiga, señala que prevalecerá lo que indique el fabricante, sin mayores fundamentos al efecto. Por su parte, no se advierte la razón por la cual, en la respuesta N° 47 de la citada circular, el servicio indica que la actividad “sobreancho compactado de 0,25 metros” deberá ser agregada por el contratista en sus cubicaciones, costos y obras a ejecutar, añadiéndose que tal labor no fue considerada en los cuadros de cubicaciones ni en los planos del proyecto. Finalmente, no procede que en el resuelvo N° 3 del acto en examen -al remitirse al listado de especificaciones técnicas generales-, se aprueben las relativas a sellado y resellado de junturas (N° 13), ya que fueron excluidas del contrato en virtud de la respuesta N° 52 de la referida circular. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación