Dictamen N° 35335/2009
N° 35.335 Fecha: 03-VII-2009 Mediante el oficio N° 182, de 2009, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca ha requerido, en el marco del recurso de protección Rol N° 542-2009, caratulado “Rodrigo Pablo León Pinto, por Junta Vecinos de Villa Nemesio Antúnez y de Agrupación vecinos sector norponiente de Linares y otros contra Directora de Obras Municipales de Linares, doña María Angélica Araya y del Alcalde de la I. Municipalidad de Linares, don Rolando Rentería Moller”, se informe en relación a la obligación de la aludida Dirección de Obras Municipales de someter a evaluación de impacto ambiental los proyectos habitacionales. Sobre al particular, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6º, inciso tercero, de la ley N° 10.336, en lo que interesa, a esta Contraloría General no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, como acontece en la especie, motivo por el cual este Organismo de Control debe abstenerse de evacuar el informe requerido. Sin perjuicio de ello, remite a VS. Iltma., para su conocimiento, fotocopia de los dictámenes N°s 31.573, de 2000; 37.665, de 2001; 43.398, de 2004; 60.328, de 2006; 31.915, de 2007 y 30.408, de 2009, a través de los cuales esta Contraloría General se ha pronunciado respecto de la materia planteada.