Dictamen N° 353659/2023
N° E353659 Fecha: 06-VI-2023 Esta Contraloría General no ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el convenio modificatorio ad-referéndum N° 1 relativo a la asesoría a la inspección fiscal de la obra “Ampliación Ruta S-839 S-839, Segunda Faja al Volcán Villarrica, Región de La Araucanía”, por cuanto no se advierte la razón jurídica por la cual la aplicación de la ley N° 21.420 al contrato de la especie, importaría para el consultor la obligación de aumentar el monto de la garantía de fiel cumplimiento entregada oportunamente -como se dispone en la cláusula quinta del convenio que se estudia-, si se considera que aquel dio cumplimiento al artículo 15 de las bases tipo que rigieron la licitación, en cuanto fijaron ese monto en el equivalente al “5% del valor total de la propuesta”. Por su parte, debe recordarse que tal como se ha indicado en el oficio N° E349324, de 2023, dicho tributo corresponde a una obligación diversa de las emanadas del contrato, ya que tiene origen en la aplicación directa de la ley tributaria, “razón por la cual no resulta necesario efectuar una modificación del convenio”. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División