Dictamen CGR

Dictamen N° 35446/2017

2017-10-03 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcance el decreto N° 78 de 2017, del Ministerio de Bienes Nacionales

N° 35.446 Fecha: 03-X-2017      Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del epígrafe, que autoriza la transferencia gratuita del inmueble fiscal que indica a la entidad que señala, ubicado en la comuna de Los Ángeles, provincia y región del Biobío, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con manifestar que de acuerdo con el inciso final del artículo 46 del decreto ley N° 1.939 de 1977; la letra a) del artículo 2° del decreto supremo N° 625 de 1977, del ex Ministerio de Tierras y Colonización, que reglamenta el aludido artículo 46 y lo concluido en el dictamen N° 3.565, de 2017, de este origen, ese Ministerio se encuentra en el imperativo de efectuar la liquidación de los inmuebles hereditarios en el plazo de dos años contados desde la fecha en que se conceda al Fisco la posesión efectiva de la herencia, mediante venta directa, subasta o propuesta pública o privada, o por transferencia gratuita, sin que pueda reservar parte alguna de ellos, no resultando aplicable lo previsto en el artículo 6° del citado decreto supremo, respecto de poder excluir de la enajenación a esos bienes inmuebles. En ese contexto, cabe anotar que según la copia de la inscripción de dominio adjunta, el inmueble objeto de la transferencia en estudio se inscribió a nombre del Fisco en el año 1989, sin que se haya dado cumplimiento a la referida obligación, no siendo procedente que se otorgara una concesión gratuita como aconteció en la especie, atendido lo cual la autoridad deberá adoptar las medidas pertinentes para que en lo sucesivo no acontezcan situaciones como las señaladas. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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